Reapertura general de fronteras; requisitos para ingreso de extranjeros.

Convocatoria GCUB-UDUAL nº 001/2021

Según la normativa emitida por el Gobierno nacional relativa al manejo de la emergencia causada por la pandemia del COVID-19 (Decreto 678/2021 – Decisión administrativa 951/2021). Está prevista la reapertura general de fronteras a partir del 1° de noviembre.  Esto implica que se habilita el ingreso al territorio nacional de extranjeros/as no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios vigentes y las exigencias sanitarias que se listan a continuación:

  • Contar con el esquema de vacunación completo por lo menos CATORCE (14) días antes del ingreso a nuestro país. Las personas deberán consignarlo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Importante: Esquema de vacunación completo implica doble dosis. Ello toda vez que no necesariamente en todos los países se prevén doble dosis.
  • Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y otro PCR entre el quinto y séptimo día desde su ingreso al país.
  • Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas que resulten negativas estarán eximidas de realizar la cuarentena, debiendo, sin embargo, realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo contados desde su llegada al país -en caso de que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional.
  • Quienes obtengan resultados positivos deberán permanecer aislados/as en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.
  • Las/los ciudadanas/os extranjeros no residentes deberán presentar ante la aerolínea y la DNM constancia de seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19 y que tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía.